Para facilitar el proceso, la Mancomunidad pone a disposición de la ciudadanía en su página web www.lavegamancomunidad.es, un servicio de cita previa para realizar el trámite con atención personalizada, además de ofrecer la posibilidad de realizar la solicitud de forma telemática a través de nuestra la plataforma de tramitación de solicitudes y declaraciones tributarias.
Las personas que pueden disfrutar de este tipo de bonificaciones deberán cumplir todos los siguientes requisitos:
- Ostentar la condición de jubilados, pensionista o personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
- Estar empadronado en la vivienda para que se solicita la bonificación.
- Vivir solos, con personas menores de 18 años a su cargo, o con personas que reúnan alguna de las condiciones establecidas en el apartado a. de éste artículo.
- No ser propietarios de más bienes inmuebles que la vivienda por la que se para la que solicita la bonificación.
- No percibir la unidad familiar ingresos medios superiores al 110 % del Salario Mínimo Interprofesional.
Este tipo de bonificación tiene una validez anual y deberá renovarse año tras año, siguiendo el mismo procedimiento.
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