
Para su aplicación, los PEM deberán ser previamente aprobados y homologados, correspondiendo su aprobación a las corporaciones locales, en nuestro caso realizada en la Sesión Plenaria del 29 de Septiembre de 2012, y su homologación a la Comisión de Protección Civil de Andalucía, llevada a cabo el 4 de Diciembre de 2012 conforme a lo establecido en el artículo 6 b) del Decreto 138/2006, de 11 de julio, por el que se aprueba el reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Protección Civil de Andalucía.
Es responsabilidad de las corporaciones locales la elaboración y aprobación de su propio Plan, para aquellas emergencias que no superen la territorialidad local, y sean susceptibles de ser controladas exclusivamente por los Servicios Operativos locales, pudiendo contar con la aportación puntual de medios y recursos adscritos de otros ámbitos territoriales superiores.
Para la promoción y apoyo a la organización y desarrollo de la gestión de las emergencias en el ámbito local, la Junta de Andalucía, a través de la Subdirección de Emergencias y de las Delegaciones del Gobierno en las respectivas provincias, presta asesoramiento a los ayuntamientos para la elaboración de los PEM.
En el caso de que nuestro pueblo se enfrente a situaciones excepcionales de emergencia, Villanueva del Río y Minas se halla más segura que nunca. Esto es un hecho, puesto que el equipo de Gobierno de Francisco Barrera ha trabajado para la redacción y aprobación del Plan Municipal de Emergencias en relación a las necesidades y singularidades de nuestro municipio, y, sobre todo, a los cánones marcados a nivel legal y regional.
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